jueves, 6 de diciembre de 2012

Plan para los Jubilados


Gimnasio mejora a los jubilados

 

Pacientes celebraron ayer la clausura de la primera etapa del programa de salud que tiene el hospital del IESS.


En un ambiente festivo lleno de globos de colores y al ritmo del rock and roll, doscientos adultos mayores celebraron la clausura de la primera etapa del programa de salud preventiva, que duró tres meses y que se realiza en el gimnasio del hospital del IESS Teodoro Maldonado Carbo.

Animado, sonriente y bailando estaba Richard Ordoñez, de 57 años. Él acude los lunes, miércoles y viernes al gimnasio –ubicado en el cuarto piso– y realiza bailoterapia, aeróbicos y máquinas para tratar el trastorno de sueño del que padece desde hace varios años.

“Antes no podía dormir, ahora duermo tranquilo. Me siento bien, lleno de energía”, dijo el jubilado, quien acude con su esposa, Jackeline Guerrero. Ella recibe terapia física para tratar la fractura de tobillo que tuvo en mayo. ver mas....




 LEY INTERPRETATIVA FAVOR DE LOS JUBILADOS DOCENTES
jubilados docentes

En la sesión de la Comisión de Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología, reunida este día miércoles 04 de julio de 2012 para tratar el Proyecto de Ley Interpretativa de la Disposición General Novena de la Ley Orgánica de Educación Intercultural de inciativa del asambleísta Jorge Escala del MPD, recibió el apoyo de seis legisladores integrantes de esta comisión de nueve que la conforman.

La iniciativa de ley plantea el pago de la diferencia del estímulo económico a más de siete mil maestros que se jubilaron entre octubre del 2008 fecha en que entró en vigencia la Constitución y 31 de marzo del 2011, pero que el gobierno los perjudicó al abonar $ 12.000,oo cuando tenía la obligación de cancelar entre $ 32.000,oo a $39.000,oo dependiendo de los años de servicio de cada docente, valores determinados en la Disposición Transitoria Vigésimo Primera de la Constitución de la República, aplicado en los mismos términos que establece La Ley Orgánica del Servicio Público en su Artículo 129 y la Ley Orgánica de Educación Intercultural en su Art. 125 numeral 4 y disposición general novena.

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En duda conveniencia de la jubilación especial

QUITO. Usuarios del IESS se concentran a diario en la entidad. El proyecto de ley beneficia a las mujeres de 55 años de edad.
Unas 36.138 mujeres podrían jubilarse inmediatamente, si se aprobara la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social referente a la jubilación especial para las mujeres. Así lo indican los cálculos realizados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que sirvió de sustento para elaborar el informe de segundo debate que el jueves pasado aprobó la Comisión de los Derechos de los Trabajadores de la Asamblea.

En el régimen actual, las mujeres se pueden jubilar con 30 años de aporte y 60 años de edad, esos parámetros los cumplen ahora 15.976, casi la mitad de las que se podrían jubilar, si se aprueba la propuesta.

¿Por qué se plantea una jubilación distinta para hombres y mujeres? Según la propuesta de la Comisión, presidida por Scheznarda Fernández (antes de PSC), las condiciones laborales no son las mismas. En el caso de las mujeres las labores que cumplen en el hogar les impiden en muchos casos tener relaciones laborales estables.

Para Manuel Vivanco, exmiembro del Consejo Directivo del IESS, la propuesta legislativa es viable, siempre y cuando el Estado pague todo lo que debe al Seguro Social. “Si recibe los fondos del Estado y esa relación se vuelve equilibrada y justa, respetuosa en materia de pago de la deuda y de control, no habría problema de financiar la jubilación de la mujer con esos cinco años menos de aportes”. El Estado adeuda al IESS al menos $ 1.000 millones por servicios de salud, además se le ha complicado el pago del 40% de las pensiones, por lo que ha optado por realizar acuerdos de pago a largo plazo, que se cumplirán en el 2023.

Para Vivanco, es necesario contar con estudios actuariales a la fecha. De lo contrario es casi imposible realizar los cálculos financieros. El último estudio se hizo en el 2003.

Para él, no resulta claro si el Gobierno podrá o estará dispuesto a pagar lo que debe al IESS, pues recientemente hubo un pago con bonos y porque el Gobierno ha mencionado que no debería aportar el 40% de las jubilaciones.

El asambleísta oficialista Gastón Gagliardo explicó que faltan los estudios necesarios para establecer claramente el financiamiento de dicha jubilación especial. Su coideario Rolando Panchana ha pedido explicación sobre el número de aportaciones. Además indicó que no hay sustentos técnicos y sugirió que se pidan al IESS los informes para saber de dónde saldrá el financiamiento.



No a los jubilados





No hay sector de la población más maltratado por el aparato estatal que el de los jubilados. Y, para colmo de los colmos, ahora se pretende expedir una ley que los afectaría gravemente, pues implicaría en numerosos casos una radical disminución de sus pensiones jubilares.

Para justificar este intento se dice que hay jubilados que perciben pensiones de miles de dólares, y que sumadas al sueldo que están recibiendo ahora, en un nuevo empleo, ganarían más que el presidente de la República. Cuesta creer que tales expresiones se hayan proferido con alguna seriedad. El máximo de la pensión jubilar que paga el IESS no llega a los $1 000 y el promedio no debe pasar de $300. Por cierto que hay muchos jubilados que apenas reciben algo más de los $220, que es el límite que no sería afectado. Obviamente ninguno recibe un total de 2 000 euros, como se ha señalado en algún ejemplo europeo.

Si algunas instituciones públicas pagan a sus jubilados sumas más altas que, tal vez, en algunos casos, lleguen a miles de dólares (jubilaciones doradas), se trata de una situación excepcional que, si es del caso, debe ser revisada dentro de la misma institución. Pero estos excesos no se corrigen con una norma de carácter general, que afectaría a quienes nada tienen que ver con tales situaciones. Los jubilados del IESS ver mas....

jueves, 22 de noviembre de 2012

Informacion importante que deben tomar en cuenta...


TRÁMITE JUBILACIÓN ORDINARIA DE VEJEZ



¿En qué consiste el trámite?
La Jubilación Ordinaria por Vejez consiste en la entrega de una renta
mensual vitalicia, siempre y cuando cumpla una de las siguientes
condiciones:

¿Dónde se realiza el trámite?
 Pre calificación.
Con la ayuda de un funcionario del IESS, el asegurado puede verificar su
derecho a la prestación de jubilación por vejez, en la página web:
www.iess.gov.ec, con su número de cédula de ciudadanía, en las Unidades
Provinciales del Sistema de Pensiones o Direcciones Provinciales a Nivel
Nacional.
• Recepción de documentación
Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones o Direcciones Provinciales
a Nivel Nacional.
• Concesión
Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones¿El trámite puede ser realizado en línea?
NO
¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe
cumplir?
 Solicitud de Jubilación definitiva, con certificación del cese por el
último(s) Patrono(s) (Se obtiene la solicitud ingresando al sitio web:
(iess.gov.ec/documentos/transparencia/formularios/FORMULARIO_soli­
citud_de_jubilacion_definitiva.pdf) y/o acudiendo a las ventanillas de las
Unidades Provinciales de Pensiones.
 Original de la partida de nacimiento.
 Dos (2) copias de cédula de ciudadanía firmadas al pie
 Dos (2) copias del certificado de votación (menores de 65 años), firma­
das al pie.
 Copia íntegra del carné de afiliación (opcional)
 Certificación de cuenta bancaria activa, a nombre del afiliado.
 Certificado de no tener deudas con el IESS, conferido por el Responsa­
ble del Departamento de Fondos de Terceros.
¿Cómo se realiza el trámite?
Presentando la documentación señalada en la Unidades del Sistema de
Pensiones o Direcciones Provinciales a Nivel Nacional.
¿Quién debe o puede efectuar el trámite?
El afiliado que cumpla con las condiciones y requisitos indicados, o su
apoderado legalmente designado mediante poder notariado.
¿Qué vigencia tiene el documentado tramitado?
No tiene caducidad.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo alguno
¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?
 Para entrega de documentación
 Para seguimiento del trámite
 Para recepción del acuerdo de concesión y credencial de la prestación.
¿Cuáles entidades están involucradas en el trámite?
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Sistema Bancario.
¿Cuál es la duración del trámite?
30 días laborables, (si no existe Responsabilidad Patronal)
TRAMITES DE JUBILACIONES ESPECIALES
MEJORAS DE JUBILACION
¿En qué consiste el trámite?
En la entrega de una mejora en su pensión jubilar, por efecto de las
aportaciones realizadas posterior a su jubilación, siempre y cuando
acreditaren un mínimo de doce (12) imposiciones mensuales.
¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe
cumplir?
 Requisitos de Jubilación Ordinaria por Vejez
¿Quién debe o puede efectuar el trámite?
Los pensionistas por Vejez que hayan reingresado a trabajar y cesaren en
esta nueva afiliación.
MEJOR AUMENTO
¿En qué consiste el trámite?
En la entrega de un aumento en su pensión jubilar
¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe
cumplir?
 Carta dirigida al señor Director del IESS
¿Quién debe o puede efectuar el trámite?
Los pensionistas de vejez que habiendo cumplido setenta (70) años de edad
a la fecha de vigencia del incremento, se acogieron a la jubilación con
cuatrocientas veinte (420) imposiciones mensuales de aportación o más
AUMENTO EXCEPCIONAL
¿En qué consiste el trámite? ver mas...

Condiciones para optar a pensiones de Jubilación en el Ecuador



IESS pagó más de 72 millones por pensiones de jubilación 2009-07-23
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en el mes de julio, pagó por concepto de pensiones de jubilación y montepío a 258.859 beneficiarios del Seguro de Pensiones, la suma de USD. 72.806.146.
De este monto se destinó USD. 3.754.162 para pensiones de los jubilados por invalidez; USD. 56.109.606 para los de vejez; y USD 12.942.378 para los beneficiarios de montepío.
El Seguro Social paga las pensiones de jubilación y montepío a partir del día 20 de cada mes. Los beneficiarios que reciben sus rentas en sus cuentas bancarias de ahorro y corrientes, pueden disponer de esos recursos el mismo día del depósito.
Actualmente, la pensión promedio de los jubilados por vejez es de USD 355,89; de los jubilados por invalidez; USD 303,77; de las viudas USD 174,60; y de los huérfanos USD 124,61.
El Seguro Social informó que las prestaciones del Seguro de Pensiones se financian con los aportes acumulados de cada afiliado. Del 20,50% del aporte del cada afiliado, el 9,74 % se destina al Seguro de Pensiones.
Este porcentaje del 9,74% financia el 60% de las pensiones que paga el IESS, y el 40% restante lo asume el Estado.
Cabe señalar, que las condiciones que actualmente rigen para optar por la jubilación por vejez son: 60 años de edad y 30 de aportes en años; 65 años de edad y 15 años de aportes; 70 de edad y 10 de aportes; y, cualquiera sea la edad con 40 años de aportes al IESS.
Los pensionistas registrados en el IESS, a más de recibir la pensión económica, tienen derecho a las prestaciones del Seguro de Salud y a participar en los talleres socio ocupacionales dirigidos a los adultos mayores y que se desarrollan en todo el país.